DEL CONSEJO DIRECTIVO
Son atribuciones del Consejo Directivo las siguientes:
a) Elegir a los integrantes del Comité Ejecutivo.
b) Determinar la política y actividades de la Asociación para el período siguiente.
c) Autorizar la firma de convenios con otras instituciones y ratificar los firmados por el Coordinador General.
d) Crear comisiones de trabajo u órganos ad-hoc para el cumplimiento de las tareas que el propio Consejo Directivo determine.
e) Crear sedes ad-hoc para fines específicos o ratificar las que haya creado ad referendum el Comité Ejecutivo.
f) Dictar su reglamento de funcionamiento interno según las pautas del presente Estatuto.
g) Designar de entre sus miembros a los responsables de cuentas para cada proyecto, y recibir su informe.
h) Conocer, aprobar, rechazar o modificar los informes de labores que le rindan el Comité Ejecutivo o las comisiones y los órganos contemplados en la letra “d” anterior .
i) Conocer y aprobar la reforma del Estatuto, la disolución o la fusión de la AIDEF, para lo cual se requerirá el voto conforme de a lo menos dos tercios de los miembros .
j) Fijar el lugar y fecha de celebración de los congresos.
k) Decidir acerca de las cuestiones relevantes para el buen funcionamiento de la AIDEF.
l) Aceptar la incorporación de nuevos miembros.
m) Aceptar a instituciones relacionadas con la defensa pública en carácter de observadoras de las actividades de la AIDEF.
n) Decidir la pérdida de la calidad de miembro de la AIDEF con el voto conforme de a lo menos dos tercios de los miembros restantes, respetando el debido proceso y el derecho a defensa.
o) Designar los integrantes del Comité Editor de la Revista Interamericana de las Defensorías Públicas.
DEL COMITÉ EJECUTIVO.
Son atribuciones del Comité Ejecutivo las siguientes:
a) Convocar al Consejo Directivo a sesiones ordinarias y extraordinarias en la forma establecida en el artículo décimo precedente.
b) Crear sedes y comisiones ad-hoc, lo que requerirá, sin embargo, la posterior ratificación del Consejo Directivo.
c) Celebrar convenios con otras instituciones en materias de interés común.
d) Adoptar los acuerdos y realizar las acciones necesarias para que la Asociación cumpla con los fines establecidos en el artículo cuarto del presente Estatuto.
e) Impulsar la realización de todas aquellas actividades que permitan dar cumplimiento a los objetivos contemplados en el artículo quinto del Estatuto.
f) Presentar anualmente un Informe de Labores al Consejo Directivo.
g) Supervisar las tareas del Comité Editorial de la Revista Interamericana de la Defensa Pública.
h) Convocar al Congreso de la Asociación y determinar sus ejes temáticos a propuesta del Consejo Directivo.
i) Gestionar el apoyo financiero necesario para realizar los proyectos de la AIDEF, y
j) Suplir las vacantes dejadas por cualquiera de sus miembros.
DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ EJECUTIVO.
I. Son funciones del COORDINADOR GENERAL:
a) Representar a la AIDEF;
b) Presidir las reuniones del Comité Ejecutivo y del Consejo Directivo;
c) Dirigir las actividades que la AIDEF emprenda ; y
d) Dar cuenta al Consejo Directivo, anualmente o cuando éste lo requiera, del estado financiero de la Asociación.
II. Son funciones de los COORDINADORES REGIONALES:
a) Representar a la zona y sus intereses; y
b) Aceptar y ejecutar otras funciones que el Comité Ejecutivo le delegue.
III.Son funciones del TESORERO:
a) Llevar los registros financieros.
b) Rendir informes.
c) Responder por la custodia de los fondos y de los recursos financieros.
d) Administrar los fondos de la Asociación, debiendo realizar depósitos o retiros con la firma conjunta del Coordinador General, o de la forma más conveniente según lo estime el Comité Ejecutivo.
IV.Son funciones del SECRETARIO GENERAL:
a) Ejecutar las tareas que le encomiende el Comité Ejecutivo.
b) Elaborar las Actas de las sesiones del Consejo Directivo y Comité Ejecutivo y llevar los libros de actas.
c) Citar a sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo y del Comité Ejecutivo.
d) Llevar el Registro actualizado de los miembros de la AIDEF.
V. Son funciones de los VOCALES ejercer las delegaciones que el Comité Ejecutivo les designe.
DE LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN.
a) El Congreso bianual será financiado cor los recursos que aporte o gestione el país sede de la AIDEF al momento de su realización, excepto los gastos que demande el traslado y estadía de cada uno de los miembros hasta el lugar en que se lleve a cabo.
b) Las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Ejecutivo serán financiadas por cada miembro, tanto en los gastos que demande el traslado como la estadía de los mismos.
c) Las reuniones del Comité Ejecutivo serán financiadas por cada miembro en cuya sede se realiza, excepto los gastos que demande el traslado y estadía de cada uno de ellos hasta el lugar en que se lleve a cabo.
d) Los gastos de cada proyecto específico serán financiados en la forma en que en cada uno se determine, debiendo observarse lo dispuesto en el Estatuto en lo relativo a la forma de administración, los controles internos y las auditorias externas. El control interno de cada proyecto será ejercido por dos responsables de cuentas miembros del Consejo Directivo que no integren el Comité Ejecutivo, quienes rendirán informe escrito al Consejo Directivo en el término que se determine.
e) Cualquier otro gasto de gestión será asumido por la Defensoría Pública que los ejecuta.
g) En caso de que la AIDEF lo considere necesario, podrá buscar financiamiento para garantizar la asistencia de sus miembros a las reuniones convocadas.