Coordinación de Enfoque de Género
Con el fin de dar una respuesta a las prácticas disfuncionales del sistema de justicia en cuanto a las violaciones de los derechos fundamentales de las mujeres adultas sindicadas de delito y de las adolescentes en conflicto con la ley penal, toda vez que son sometidas al ejercicio punitivo del poder estatal, el Instituto de la Defensa Pública, en ejercicio del mandato legal que le impone intervenir en la representación de las personas de escasos recursos económicos sometidas a proceso penal, a partir de cualquier sindicación que las señale como posibles autores de haber incurrido en delito, falta o infracción INSTITUCIONALIZO un sistema de intervención del Defensor Público, a través del desarrollo de una estrategia única de defensa con perspectiva de género.
La intervención del Defensor Público con esta estrategia de defensa contará con el apoyo profesional especializado en género, la cual permitirá que las mujeres de escasos recursos económicos tengan acceso a una asistencia técnica y jurídica que contemple especialmente las peculiaridades de su condición, el análisis que con esta perspectiva puede realizarse se sustenta en las características de su participación en los hechos delictivos imputados y de la adecuada valoración de los aspectos sociales y psicosociales de la conducta de quien se presente tipificar como criminal.
El desarrollo de una estrategia de defensa que tenga en cuenta la perspectiva de género, garantiza que las actuaciones cumplidas tanto en la etapa preparatoria como en la etapa intermedia del proceso penal, sean apegadas a las normas constitucionales y procesales relacionadas al respecto de los derechos fundamentales y libertades individuales que le asisten a las mujeres por su condición de tales. En tal sentido, el Defensor Público perseguirá la efectiva aplicación de todos aquellos mecanismos procesales que impidan la represión selectiva dirigida a mujeres por conductas que no son calificadas como delito por la norma penal, así como por acciones que no ameritan el encarcelamiento ni la formalización de proceso penal, y en última instancia, el ejercicio del derecho de defensa que garantiza un debido proceso.
En aplicación del enfoque de género a la formulación de la estrategia de defensa y su posterior ejercicio ante los tribunales de justicia nacionales, es que la Defensa Pública Penal obtiene el PRIMER FALLO JUDICIAL EN MATERIA PENAL que reconoce el enfoque de género y en consecuencia se dicta una sentencia absolutoria a favor de la sindicada.
Con este primer antecedente, la defensa pública penal, continúa esgrimiendo en sus estrategias de defensa técnica la perspectiva de género toda vez que se determine que el abordaje y tratamiento del caso así lo requiere para su justa resolución.