¿Qué es el Instituto de la Defensa Pública Penal?
El estado de Guatemala por medio del Instituto de la Defensa Publica Penal presta el servicio de defensa
legal gratuita en el ramo penal, asistiendo a sindicados de la comisión de un delito y a las mujeres
víctimas de violencia intrafamiliar y sus familiares; de conformidad a lo establecido en la
Constitución Política de la República de Guatemala, Tratados y Convenios Internacionales en materia de
derechos humanos ratificados por el estado de Guatemala, Ley del Servicio Público de Defensa Penal,y Ley
Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra La Mujer.
Es una institución autónoma con independencia técnica y funcional, creada como organismo administrador del servicio público de
Defensa Penal, para asistir gratuitamente a personas de escasos recursos económicos, así como, la gestión, administración y control de los abogados en ejercicio profesional privado, cuando realicen funciones de
Defensa Pública.
Mandato Constitucional
Constitución Política de la República de Guatemala. Artículo12. Derecho de Defensa: La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni privado de sus derechos sin haber sido citado, oído y vencido en proceso legal ante juez o tribunal competente y preestablecido.
Mandato Institucional
Brindar el servicio público de defensa de derechos garantizados por la Constitución Política de la República de Guatemala, en forma oportuna, permanente, especializada y gratuita, cumpliendo con los deberes de información, representación y asistencia técnica al usuario, constituyéndose en agente de cambio y garante del debido proceso en el ámbito de la justicia.
Funciones Generales del Instituto
Ejercer la defensa técnica conforme los derechos y garantías del debido proceso. Velar por el cumplimiento del debido proceso y las garantías procesales.
Prestación del Servicio
Para atender la demanda de defensa técnica jurídica requerida por las personas que han sido sindicadas de cometer un hecho delictivo, el Instituto cuenta con los siguientes profesionales Defensores Públicos:
- Defensores Públicos de Planta.
- Defensores Públicos de Oficio
- Defensores Públicos en Formación.
¿Quién puede solicitar el servicio de defensa pública?
Jueces,Ministerio Público, Policía Nacional Civil, el sindicado o sus
familiares, Cualquier ciudadano.
¿En dónde se puede solicitar el servicio?
En la ciudad capital:
- Unidad de Asignaciones
21 Calle y 7a. Avenida de la Zona 1 Torre de Tribunales
Nivel
11 Centro Cívico
- Sede central
7a.avenida 10-35 zona 1 Teléfono 2501-5757
- Asistencia Legal Gratuita a la Víctima y a sus Familiares:
11 calle 8-49 zona 1.
Teléfono del servicio: 1571
- Cualquier otra sede de la Institución:
En el interior del país:
- En cada una de las sedes departamentales
Para mayor información llamar a los teléfonos: 22487121 y 22487000 ext. 3641
¿A quiénes atendemos?
La atención está orientada a personas de escasos recursos económicos, sin
embargo, la Ley contempla que en aquellos casos de excepción, en los cuales se
compruebe mediante una investigación socio-económica, que la persona, si cuenta
con recursos económicos, esta deberá reembolsar al Instituto, los honorarios y
costas procesales ocasionados.
El perfil de la población atendida es el siguiente:
- Personas adultas sujetas a procesos penales.
- Niñez y Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal.
- Población Indígena (Defensorías Étnicas ).
- Atención de casos con enfoque de género.
- Asistencia jurídica gratuita a víctimas de violencia y en temas de familia.
Cobertura del servicio
Para la prestación de sus servicios, el Instituto cuenta con 36 sedes a nivel nacional, 22 departamentales y 14 municipales, además de 15 Defensorías Indígenas.